viernes, 12 de abril de 2013

La Justicia de Salta condenó a un joven por ser autor de lesiones en un partido de fútbol


El Juzgado Correccional y de Garantías de Primera Nominación, a cargo del juez Héctor Hugo Martínez, condenó a Facundo Gonzalo Monzo a cinco meses de prisión en suspenso por considerarlo autor material del delito de lesiones leves en perjuicio de Ricardo Darío Ramasco.

Las lesiones se produjeron cuando Monzo le propinó, deliberadamente, un codazo en la cara a la víctima, en el contexto de un partido de fútbol amistoso, causándole múltiples fracturas en el pómulo y maxilar izquierdos. A raíz del golpe, Ramasco perdió la sensibilidad del nervio ubicado en esa parte del rostro.
El hecho se produjo en octubre de 2010, en la cancha de fútbol de El Tipal, a menos de diez minutos de iniciado el partido. Los testigos del caso coincidieron en afirmar que “Monzo, deliberadamente, le arrojó un codazo a la cara al jugador del otro equipo que se acercaba a marcarlo en disputa de la pelota, cuando ésta se encontraba en el piso”. Se precisó en este punto que el acusado no había recibido una pelota aérea que justificara un movimiento corporal factible de desembocar en un codazo accidental. “No se trata entonces de una lesión ocurrida en el marco de una acción admitida dentro de las reglas básicas del fútbol a las que debe sujetarse el accionar en cualquier disputa, aún entre aficionados a ese deporte. La acción en la que se produjo la lesión del denunciante no se desarrolló en un obrar correcto, en el marco de un mandato de conducta propio de ese deporte, sino que se produjo en una infracción dolosa a las reglas básicas del fútbol”, señala el fallo. Citando a la jurisprudencia alemana, agrega que “no pueden quedar impunes las lesiones que se producen mediante infracción dolosa o gravemente imprudente a las reglas deportivas”.
El juez en lo Correccional y de Garantías de Primera Nominación le impuso al acusado la pena de cinco meses de ejecución en suspenso “atento a que el condenado no registra antecedentes condenatorios”. Monzo recurrió la condena por vía de casación.

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